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INFOBAE - NUEVA FASE DE LA CUARENTENA EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y EL CONURBANO BONAERENSE

LUNES 11 DE MAYO DE 2020

Con un seguimiento exhaustivo y preparados para dar marcha atrás con las excepciones.

(Infobae) A través del Boletín Oficial, el Gobierno Nacional oficializó este lunes la prórroga de la cuarentena hasta el próximo 24 de mayo, y detalló los requisitos para exceptuar nuevas actividades. El decreto presidencial explicó cómo continuará el aislamiento social, preventivo y obligatorio particularmente en el Área Metropolitana de Buenos Aires, donde se registra el mayor número de casos de coronavirus de todo el país.

“En la Ciudad de Buenos Aires y en el área metropolitana de la provincia seguirá la cuarentena como hasta ahora”, anunció Alberto Fernández el pasado viernes. En ese sentido, explicó que “toda la Argentina” pasaba a la fase 4 del aislamiento, menos el AMBA que se mantenía en la fase 3: “Eso quiere decir que para habilitar comercios o industrias hay que pedirle permiso al Poder Ejecutivo Nacional”, declaró el Jefe de Estado.

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El Decreto 459/2020 que lleva la firma del Presidente y de todos sus ministros, estableció que en el AMBA, para evaluar la aprobación de nuevas excepciones, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y el gobernador bonaerense, Axel Kicillof, deberán solicitárselo a la Jefatura de Gabinete de la Nación. Las respectivas autoridades sanitarias deberán aprobar las actividades solicitadas e indicar el protocolo que se implementará en cada caso, “pudiendo adherir a uno de los incluidos en el ‘Anexo de Protocolos autorizados por la autoridad sanitaria nacional’”, que fueron incluidos en el decreto publicado este lunes.

Si la actividad que se pretende autorizar no contara con el protocolo previamente aprobado, el gobierno porteño como el provincial deberán acompañar la solicitud con una propuesta de protocolo que contemple, “como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones dispuestas por la autoridad sanitaria nacional”.

El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, está facultado para autorizar el pedido tal como se lo solicita y también para limitar la excepción de determinadas áreas geográficas, de acuerdo a la situación epidemiológica de cada lugar y el análisis de riesgo. De todas maneras, previo al visto bueno del jefe de Gabinete, hará falta la intervención del Ministerio de Salud de la Nación.

Al igual que en el caso de Departamentos o Partidos del resto del país cuya población supere los 500 mil habitantes, para aprobar la reactivación de determinados rubros, los empleadores deberán garantizar el traslado de los trabajadores sin la utilización de transporte público: trenes, subtes y colectivos. “Para ello podrá contratar servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre, vehículos habilitados para el servicio de taxi, remis o similar, siempre que estos últimos transporten en cada viaje un solo pasajero o pasajera”, expresó el texto oficial.

Tanto las provincias de todo el país, como la Ciudad de Buenos Aires, deberán realizar en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Nación el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias correspondientes cuando se autoricen actividades industriales, de servicios o comerciales. El informe a la cartera sanitaria deberá ser entregado de forma semanal para evaluar tanto la trayectoria del COVID-19 como la capacidad del sistema sanitario para atender a la población. Las autoridades provinciales como de la Ciudad deberán avisar de inmediato si detectaren “un signo de alerta epidemiológico”. En estos casos, desde Salud recomendarán a la Jefatura de Gabinete la adopción de medidas pertinentes. Por lo que Santiago Cafiero podrá decidir volver a restringir la actividad en cuestión que se vea afectada.

También el Poder Ejecutivo Nacional podrá dar marcha atrás en rubros y actividades si las autoridades provinciales incumplen en la entrega del informe solicitado o en la carga de información exigida.

Para despejar dudas con respecto al alcance territorial de la norma, se aclaró que AMBA abarca a la zona urbana común que conforman la Ciudad de Buenos Aires, y 40 municipios bonaerenses: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Zárate.

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